Civil y comercial B352419
Honorarios de peritos - Regulación Sumario 2591 de 5494
El aspecto económico a tomarse en cuenta para regular los honorarios de los peritos es aquel que, coincidente o no con el monto total del proceso, resulta incidido por la diligencia pericial (art. 499 Cód. Civil).
CCI Art. 499
CC0203 LP, B 82082 RSD-298-95 S 16-11-1995 , Juez FIORI (SD)
CARATULA: Dorado, Luis Francisco c/ Provincia de Buenos Aires s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Fiori-Bissio
Civil y comercial B352420
Honorarios de peritos - Regulación Sumario 2592 de 5494
El valor comprometido en la pericia es la pauta de mayor relevancia a los fines de establecer los estipendios pertinentes aunque también deben conjugarse otras pautas que, en su conjunto, permiten obtener el resultado final de una valoración que busca arribar a una justa retribución de la labor realizada con el debido resguardo del derecho constitucional de propiedad -tanto del beneficiario como del obligado al pago de los honorarios- (arts. 17 Const. Nacional; 499, 1627 Cód. Civil, texto según ley 24432).
CON Art. 17 ; CCI Art. 499 ; CCI Art. 1627 ; LEY 24432
CC0203 LP, B 82082 RSD-298-95 S 16-11-1995 , Juez FIORI (SD)
CARATULA: Dorado, Luis Francisco c/ Provincia de Buenos Aires s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Fiori-Bissio
Civil y comercial B352421
Honorarios de peritos - Regulación Sumario 2593 de 5494
Para regular los honorarios del perito las normas arancelarias o la jurisprudencia -en su caso- se refieren al monto del juicio como base regulatoria, ello es así en tanto la peritación verse sobre ese monto total; por eso la expresión "monto del juicio" debe ser entendida como si expresara que la regulación debe hacerse sobre dicho monto en cuanto sea objeto de la peritación, compulsa o verificación.
CC0203 LP, B 82082 RSD-298-95 S 16-11-1995 , Juez FIORI (SD)
CARATULA: Dorado, Luis Francisco c/ Provincia de Buenos Aires s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Fiori-Bissio
Civil y comercial B352422
Honorarios de peritos - Regulación Sumario 2594 de 5494
Aparece como un aspecto esencial que para la determinación arancelaria de los peritos se tome como punto de partida el valor comprometido en la pericia que lógicamente puede ser mucho menor que el monto de la condena cuando ésta, a su vez, contiene indemnizaciones que encuentran sustento en otros aspectos fáctico-jurídicos que han sido totalmente ajenos a la labor del perito y que no guardan relación causal con el dictamen del experto (arts. 17 Const. Nac.; 499, 1627 Cód. Civil, texto según ley 24432).
CON Art. 17 ; CCI Art. 499 ; CCI Art. 1627 ; LEY 24432
CC0203 LP, B 82082 RSD-298-95 S 16-11-1995 , Juez FIORI (SD)
CARATULA: Dorado, Luis Francisco c/ Provincia de Buenos Aires s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Fiori-Bissio
CC0203 LP 103287 RSD-199-4 S 29-7-2004 , Juez BILLORDO (SD)
CARATULA: Vidaurre Fidel c/ Montiel Jorge Ernesto s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Billordo-Fiori
Civil y comercial B352423
Honorarios - Proporcionalidad // Honorarios de peritos - Regulación Sumario 2595 de 5494
Los honorarios de los peritos deben adecuarse además del mérito, importancia y naturaleza de la labor cumplida, al monto del juicio y a los emolumentos de los profesionales que han intervenido en la causa y de tal manera, el órgano jurisdiccional deberá armonizar la preeminencia de las pautas mencionadas a fin de obtener una retribución que, al par de justa, resguarde debidamente el derecho de propiedad del beneficiario y del obligado al pago y no se arribe a un monto totalmente distorsionado con la tarea cumplida que, en definitiva, es lo que se debe retribuir (arts. 17 Const. Nacional; 499, 1627 Cód. Civil, texto según ley 24432).
CON Art. 17 ; CCI Art. 499 ; CCI Art. 1627 ; LEY 24432
CC0203 LP, B 82082 RSD-298-95 S 16-11-1995 , Juez FIORI (SD)
CARATULA: Dorado, Luis Francisco c/ Provincia de Buenos Aires s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Fiori-Bissio
CC0203 LP 103287 RSD-199-4 S 29-7-2004 , Juez BILLORDO (SD)
CARATULA: Vidaurre Fidel c/ Montiel Jorge Ernesto s/ Daños y perjuicios
MAG. VOTANTES: Billordo-Fiori
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